¿En qué consisten estos préstamos?

Se trata de préstamos que dan las distintas entidades bancarias en el marco de un convenio con el “Instituto de Crédito Oficial”. El “Instituto de Crédito Oficial” es un banco público que depende directamente del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital. Es por ello que estos préstamos se otorgan en condiciones financieras muy ventajosas para los clientes tanto desde el punto de vista de interés como de comisiones

La financiación la dan las distintas entidades bancarias, y el Estado avala el préstamo, es decir, si el deudor dejara de pagar, sería el Estado quien respondería frente al banco del pago de esa deuda. El riesgo del impago se traslada, en parte por tanto, al Estado y no en su totalidad a las entidades financieras

Es importante tener en cuenta que El Estado no avala el 100% del préstamo;

+ En PYMEs  y autónomos avala hasta el 80% del préstamo.

+En grandes empresas avala solo hasta el 70%  del préstamo.

El aval del Estado no cubre los intereses, gastos, comisiones del préstamo. Sólo avala el importe principal del préstamo.

¿Qué se firma en la Notaría?

Para la concesión del préstamo se firman en la Notaría se firma únicamente préstamo con el Banco. ICO no interviene en la firma.

¿Cómo se realiza la firma?

Para la firma de estos documentos bancarios, no es necesario que comparezcan todas las partes de forma simultánea en la notaría. Pueden venir a lo largo del día a distintas horas El banco, y el cliente, o incluso venir en días distintos; Eso sí, la formalización del préstamo, y por la tanto la disposición del dinero para el cliente solo tendrá lugar cuando haya firmado la última de las partes.

¿Quién elige el Notario para la firma de un Préstamo ICO?

El notario no lo elige el banco; El Notario lo elige el cliente que es quien paga la factura

¿Cuánto cobra un notario por la firma de un PRÉSTAMO ICO?

Los honorarios que puede cobrar un notario por la firma de este tipo de documentos vienen regulados de forma muy estricta por Ley. Puedes consultar tu presupuesto aquí:

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¿Con cuánta antelación hay que pedir cita para la firma de estos préstamos?

Al igual que para los préstamos de Elkargi, para los préstamos ICO se podrá solicitar cita para firmar incluso en el mismo día, si las necesidades de financiación de la empresa así lo exigieran.

Cualquier empresa o autónomo que lo necesite pueden ponerse en contacto con nosotros:

-En el teléfono: 945233147

-En los mails: polizas@www.notariaruedapalacios.es o bpalacios@www.notariaruedapalacios.es

Las personas de referencia son Silvia y Vanessa.

También puede pedir directamente cita previa en el siguiente link

SOLICITA CITA PREVIA

Condiciones préstamo ICO

El análisis del riesgo cada cliente lo hace cada Banco según sus propios criterios. Pero el banco no puede fijar libremente las condiciones del préstamo, sino que debe seguir las recomendaciones del ICO.

Las recomendaciones hechas por el ICO para este tipo de préstamo con ocasión del COVID son:

  • Un plazo máximo de 5 años;
  • Un plazo de pago sólo de intereses (normalmente los 12 primeros meses);
  • Se admite comisión de apertura
  • Se admite la comisión de amortización anticipada;
  • Un interés fijo no superior  al 2-2,5%;

 

 

 

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